En lo que concierne a los súbditos
de un estado de la Comunidad Económica
Europea
Los súbditos provenientes de uno
de los estados de la Comunidad Económica
europea (1)
están dispensados del procedimiento
de visado en Mónaco. En consecuencia,
y para obtener el permiso de residencia, hay que dirigirse a la
Sección de Residentes de la Dirección
de Seguridad Pública, sita en la
calle Louis Notari, 4, en el Principado, y cumplimentar los documentos
abajo enumerados:
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un certificado de penales |
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una atestación bajo
juramento que precise que no ha sido nunca condenado, |
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un documento de trabajo, visado por el Servicio de
Empleo del Principado, o cualquier otro justificante
profesional, o una demanda de autorización
para la creación de un
comercio, una sociedad, o una atestación
bancaria donde figure que sus medios económicos
son suficientes para vivir, |
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Una fotografías reciente, |
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un contrato de alquiler o un certificado de alojamiento
(examinado por una comisión
ad hoc) o un acta de propiedad, |
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su pasaporte. |
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(1) Las disposiciones
mencionadas conciernen a las personnas relevantes de uno de los
Etados de la Unión Europea, a los
que se añade Noruega e Islandia.
Para los súbditos
de un estado que no pertenezca a la Comunidad Económica
Europea y que no sean residentes en Francia
Los interesados deben solicitar un visado de residencia en el
Consulado de Francia territorialmente competente.
Deben presentar en el consulado pertinente, los siguientes documentos:
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un certificado de penales, |
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una atestación bajo
juramento que precise que no ha sido nunca condenado, |
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un documento de trabajo, visado por el Servicio de
Empleo del Principado, o cualquier otro justificante
profesional, o una demanda de autorización
para la creación de un
comercio, una sociedad, o una atestación
bancaria donde figure que sus medios económicos
son suficientes para vivir, |
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un contrato o una promesa de arrendamiento, o un
certificado de alojamiento (examinado por una comision
ad hoc), o un acta de propiedad, o un compromiso
escrito por parte del interesado de la entrega, en
el plazo de los tres meses siguientes a su llegada
al Principado, de uno de los cuatro justificantes
antes mencionados, |
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Un fotografías, |
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una fotocopia del pasaporte, |
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nueve ejemplares del formulario de demanda de visado
para residencias de larga duración.> |
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Tras haber obtenido el visado, todo extranjero mayor de dieciseis
años está obligado a solicitar, en un plazo máximo
de ocho días a partir de su llegada al Principado, el documento
de residencia monegasca en la Sección
de Residentes de la Dirección de la Seguridad Pública.
Para obtener dicho documento, hay que cumplir los mismos requisitos
que los súbditos de la Comunidad
Económica Europea.
Están dispensados del mencionado documento:
1) los cónsules acreditados por S.A.S. el Príncipe
Soberano y los miembros de sus familias;
2) los funcionarios acogidos a la convención franco-monegasca.
Si se trata de extranjeros súbditos
de un estado que no pertenezca a la Comunidad Económica
Europea pero que provienen de Francia
Hay que diferenciar dos hipótesis:
1) Si los interesados residen en Francia desde
hace más de un año
Deben de entregar al Consul General de Francia en Mónaco,
el dosier de petición de residencia en el Principado, que
comprende:
la solicitud del interesado,
una nota individual de información detallada,
una fotocopia de la carta de residencia en Francia,
una fotocopia del pasaporte.
2) Si los interesados residen en Francia desde
hace menos de un año
Deben entregar una demanda de visado de residencia en el Principado
al Consul General de Francia, la cual debe ser expedida en el
lugar de residencia inmediatamente anterior a su residencia en
Francia.
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