La fiscalidad de Mónaco es una de las ventajas ofrecida a los inversores del mundo entero.
El principio general de la fiscalidad monegasca es la ausencia total de cualquier imposición directa. Existen 2 excepciones a este principio :
Las personas físicas que residen en Mónaco (excepto las personas de nacionalidad francesa) en el Principado no son sometidas a ningún impuesto sobre la renta, sobre las plusvalías o sobre el capital. Para los nacionales franceses, solo los que podían justificar 5 años de residencia en Mónaco al 31/10/1962 entran en el marco general.
Los bienes ubicados en Mónaco son sometidos a los siguientes derechos :
Son imponibles con el ISB las empresas que ejercen una actividad industrial o comercial y que realizan más del 25% de su volumen de negocios fuera de Mónaco.
El impuesto sobre el valor añadido (IVA) se percibe sobre las mismas bases y con los mismos tipos que en Francia; el régimen del IVA intracomunitario es aplicable desde el 1 de enero de 1993.
El IVA se aplica a las entregas de edificios realizadas por un sujeto pasivo actuando como tal.
Los territorios franceses y monegascos, incluyendo sus aguas territoriales, forman una unión aduanera organizada por el Convenio aduanero del 18 de mayo de 1963; así, el Código Aduanero de Francia es aplicable en el Principado de Mónaco. Debido a su unión aduanera con Francia, y con objeto de garantizar la estricta aplicación de este acuerdo bilateral, el Principado se incorpora en el territorio aduanero europeo (aunque sigue siendo un Estado tercero con relación a la Unión Europea). Por ello, está garantizado el acceso de los bienes y servicios al mercado único europeo desde Mónaco.
Los cuotas de registro se perciben, con motivo de la formalización del registro, bien con un tipo proporcional (porcentajes usuales incluidos entre 0,5% y 7,5%), o con un importe fijo (10 €).